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jueves, 28 de marzo de 2024 20:56h.

Sí se puede promueve en Candelaria una gestión saludable de los residuos resultantes de la pandemia por la COVID-19

Sí se puede promueve en Candelaria una gestión saludable de los residuos resultantes de la pandemia por la COVID-19 mediante la presentación de una moción en el pleno del próximo jueves, 25 de junio.

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La organización defiende en el pleno una moción para garantizar la recogida de guantes y mascarillas y para concienciar a la ciudadanía con el fin de evitar su propagación

La portavoz de la organización en el Ayuntamiento, Mayca Coello, propondrá a la corporación adoptar diferentes medidas para garantizar la recogida de guantes y mascarillas y para concienciar a la ciudadanía con el fin de evitar su propagación, debido a que su acumulación en espacios públicos los convierte en potenciales focos de transmisión del virus, además de deteriorar el entorno y la calidad medioambiental del municipio.

“Es imprescindible proteger la salud y el medio ambiente frente al abandono de residuos en la vía pública con ocasión de la pandemia por la COVID-19”, explica Coello, quien plantea al pleno, en primer lugar, que la Alcaldía de Candelaria emita un bando dirigido a toda la población con el objetivo de “concienciar a la ciudadanía de la importancia de no tirar mascarillas y guantes usados a la vía pública y de alertar sobre que se han dado instrucciones a la Policía Local para intensificar la vigilancia y la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de Residuos de Canarias”.

Paralelamente, Sí se puede propone desarrollar una campaña de concienciación ciudadana, planificada e intensiva en la que se informe sobre la prohibición de arrojar guantes y mascarillas desechables en cualquier espacio público, advertencia que debe ir acompañada de orientaciones sobre el modo correcto en que se deben deshacer de estos residuos: en casa en el cubo de restos orgánicos, para su depósito posterior en el contenedor de residuos correspondiente, el de color gris, y, solo en caso de necesidad, se pueden introducir en bolsas cerradas y depositarlas en el interior de los contenedores o en las papeleras situadas en la vía pública.

La iniciativa que impulsa Coello concluye con una propuesta para iniciar de forma inmediata la elaboración de la ordenanza municipal de residuos y limpieza viaria de Candelaria para que esté concluida en un plazo máximo no superior a 8 meses; “es un tiempo suficiente para su elaboración, aprobación y entrada en vigor”, asegura la concejala.

Coello subraya que “el depósito o abandono de mascarillas y guantes en la vía pública y en otros espacios requiere de una urgente respuesta con el fin de evitarla y corregirla. Sin embargo, actualmente el Ayuntamiento carece de instrumentos adecuados para aplicar algunas de las medidas necesarias, como serían las de tipo disuasorio y las sancionadoras, debido a que Candelaria carece de una ordenanza de residuos y limpieza viaria”, de ahí el punto final de su propuesta.

Con este acuerdo final, Sí se puede se propone llevar a la corporación a cumplir una obligación establecida en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que daba a las entidades locales dos años de plazo para elaborar las ordenanzas previstas. “Han transcurrido nada menos que nueve años desde la entrada en vigor de esa ley y, a pesar de ello, el Ayuntamiento de Candelaria sigue sin disponer de esa herramienta tan importante para la gestión municipal de los residuos en el municipio”, señala la portavoz de Sí se puede.

 

Se adjunta el texto de la moción

Moción para la protección de la salud y el medio ambiente frente al abandono de residuos en la vía pública en el Municipio de Candelaria, con ocasión de la pandemia COVID-19

 

 

María del Carmen Coello González, Concejala del Grupo Municipal Mixto y Portavoz de Sí se puede en Candelaria, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento Orgánico Municipal, presenta al Pleno del Ilustre Ayuntamiento de Candelaria la presente MOCIÓN para su debate y aprobación si procede, de acuerdo con la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La situación provocada por el COVID-19, además de las graves consecuencias sanitarias, económicas y sociales, está generando también un impacto medioambiental y de salud pública añadido, como consecuencia del depósito o abandono de mascarillas y guantes en la vía pública y en otros espacios, de la Isla y también del término municipal de Candelaria.  

 

Esta situación requiere de una urgente respuesta por parte del Ayuntamiento con el fin de evitarla y corregirla. Sin embargo, actualmente este Ayuntamiento carece de instrumentos adecuados para aplicar algunas de las medidas necesarias, como serían las de tipo disuasorio y las sancionadoras debido a que Candelaria carece de una ordenanza de residuos y limpieza viaria. Paralelamente, otra de las herramientas para afrontar esta crisis medioambiental y sanitaria no se están aplicando suficientemente, como pudiera se campañas planificadas e intensivas de información y concienciación ciudadana sobre esta concreta y preocupante problemática.  

 

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, establece en su Diposición transitoria segunda, Ordenanzas de Entidades Locales, que “las Entidades Locales aprobarán las ordenanzas previstas en el artículo 12.5. en el plazo de 2 años desde la entrada en vigor de esta Ley. En ausencia de las mismas se aplicarán las normas que aprueben las Comunidades Autónomas”. Sin embargo, transcurrido nada menos que nueve años desde la entrada en vigor de esa Ley, el Ayuntamiento de Candelaria sigue sin disponer de esa herramienta tan importante para la gestión municipal de los residuos en el municipio, como es la ordenanza municipal de residuos y limpieza viaria. 

 

Esta ley, en su artículo 12, Competencias administrativas, establece en su apartado 5, que corresponde a las Entidades Locales, entre otras medidas:

 

b) El ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.

 

c) Las Entidades Locales podrán:

 

1.º Elaborar programas de prevención y de gestión de los residuos de su competencia.

 

3.º A través de sus ordenanzas, obligar al productor o a otro poseedor de residuos peligrosos domésticos o de residuos cuyas características dificultan su gestión a que adopten medidas para eliminar o reducir dichas características o a que los depositen en la forma y lugar adecuados.

 

Por otra parte, la Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias, señala en su Disposición transitoria segunda, Adecuación de las ordenanzas de las entidades locales, que las entidades locales tendrán un plazo de un año para adecuar sus ordenanzas y reglamentos del servicio de recogida y tratamiento de residuos a los contenidos de la presente Ley. Este requerimiento tampoco se ha producido por carecer el Ayuntamiento de ordenanza que regule esta materia.

 

Por todas las razones expuestas, se propone al Pleno del Ayuntamiento de Candelaria la adopción de los siguientes ACUERDOS: 

1º.- La emisión de un Bando de la Alcaldía dirigido a la población del municipio, para concienciar a la ciudadanía de la importancia de no tirar mascarillas y guantes usados a la vía pública y alertando de que se han dado instrucciones a la Policía Local para intensificar la vigilancia y la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de residuos de Canarias.

 

2º.- La elaboración y puesta en marcha, a la mayor brevedad posible, de una campaña de concienciación ciudadana, planificada e intensiva, informando de que está prohibido arrojar guantes y mascarillas desechables en cualquier espacio público puesto que, además de ser potenciales focos de transmisión del virus, deterioran el entorno y la calidad medioambiental del municipio; debiendo indicarse, asimismo, el modo correcto en que se deben deshacer de estos residuos: en casa en el cubo de la basura fracción resto, para luego llevarlo al contenedor de residuos de fracción resto (gris) y, solo en caso de necesidad, se pueden introducir en bolsas cerradas y depositarlas en el interior de los contenedores o en las papeleras situadas en la vía pública.

 

3º.- Se acuerde el inmediato inicio de los trámites para la elaboración de la ordenanza municipal de residuos y limpieza viaria del municipio de Candelaria, fijando un plazo máximo de tiempo, no superior a 8 meses, tiempo suficiente para su elaboración, aprobación y entrada en vigor.

 

En Candelaria, a 13 de junio de 2020