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jueves, 18 de abril de 2024 21:10h.

Carta abierta a Carlos Alonso

Estimado Presidente nos vemos en la obligación de dirigirnos a usted mediante esta carta abierta ante los acontecimientos que están ocurriendo en el Consejo insular de Aguas de Tenerife, y que están direccionados en favorecer a ayuntamientos de afinidad política desoyendo y perjudicando a los ciudadanos. 

Como bien usted conoce, esta Asociación lleva más de cuatro años luchando por el cierre de las instalaciones del Campo de Tiro Municipal de Adeje. A usted se le ha comunicado personalmente nuestras inquietudes y la problemática de la situación, le hemos hecho llegar las distintas irregularidades que envuelven ente campo de tiro, pero los últimos acontecimientos surgidos desde el CIATF nos lleva a pensar que situaciones extrañas están ocurriendo en ese organismo.

 

Con fecha 27 de julio de 2017, el CIATF requiere al Ayuntamiento de Adeje  para que en un plazo de tres meses solicite la autorización de vertidos. Con fecha 27 de octubre el Ayuntamiento solicita ampliación del plazo para cumplir con el requerimiento. Con fecha 7 de noviembre de 2017, el CIATF no opta por conceder una prórroga, sino que optan por realizar un nuevo requerimiento, otorgándole de nuevo los tres meses inicialmente dados. Atendiendo a lo estipulado en el artículo 32 de la Ley 15/2015, de procedimientos administrativos determina: “La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados”. Nada habla de iniciar el procedimiento. ¿No le resulta extraño este trato de favor al ayuntamiento de Adeje?

Con fecha 31 de julio y al tener conocimiento de que se había requerido al Ayuntamiento de Adeje, la solicitud de autorización de vertidos, nos dirigimos al CIATF para decirles que no procede dicho permiso, sino la aplicación de la legislación canaria en materia de Aguas, (Ley 12/1990) concretamente en su artículo 68.1., que dice: “El Consejo Insular de Aguas ordenará la inmediata suspensión de las actividades que den origen a vertidos no autorizados. Así mismo, requerirá a sus causantes la adopción de las medidas precisas para su corrección, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa en que hubieran podido incurrir”.

Aplicación que le hemos argumentado con lo estipulado en el Decreto 174/1994 que determina que son “Actividades susceptibles de degradar el dominio público hidráulico: aquellas cuyos  procesos pueden afectar negativamente al dominio público hidráulico. En esta categoría se incluye especialmente la evacuación de residuos por cualquiera de los siguientes procedimientos: la acumulación, enterramiento o creación de vertederos de sustancias sólidas en el suelo, canteras, excavaciones, y otras de análoga naturaleza; el almacenamiento de líquidos en balsas, represas, pozos o excavaciones, y la conducción de residuos sólidos o líquidos de tal modo que, natural o accidentalmente, puedan afectar al medio hídrico”.

Escrito al cual aún no han dado respuesta, pero que de forma verbal nos informan que por ahora están trabajando en la aplicación de ley de residuos y no en la de Aguas. ¿No le resulta extraño que se trabaje con la legislación que favorece a los intereses de la administración y se obvie la que favorece a los ciudadanos? ¿No le resulta extraño que se opte por una parte de la legislación y no de la aplicación del conjunto legislativo?

Esta Asociación solicitó al CIATF que se realizasen análisis de las aguas de los acuíferos de la zona, los cuales se llevaron a cabo por técnicos adscritos al mismo y ante la presencia de miembros de la Asociación y resto de las partes interesadas. En esos momentos miembros de esta asociación tomaron muestras de agua para realizar comparativas, dando como resultado que en las muestras de aguas obtenidas aparecía partículas de plomo. También se tomaron muestras de tierra, en esta ocasión y por confianza en la administración, la asociación no tomó muestras de las mismas y extrañamente esa muestra de tierra se ha perdido. Verbalmente nos informan que posterior a esa toma de muestras se han vuelto a analizar las aguas de la zona, sin comunicarlo a la asociación y por ente sin presencia de ningún miembro de la misma, de forma sorprendente el resultado de estos análisis da negativo en partículas de plomo. ¿No le resulta extraño que con control y supervisión ciudadana haya unos resultados diferentes a cuando se elude la presencia ciudadana?  ¿No le resulta extraño que se pierdan muestras cuando están custodiadas por técnicos de la administración pública?

Señor presidente, obviamente queremos respuesta a esta carta, pero la respuesta que deseamos es su implicación en este tema, que proceda a la destitución del Consejero Insular de Aguas, que aplique la legislación canaria en materia de aguas y, que de la instrucciones precisas para que se proceda a la apertura de una investigación pormenorizada del Consejo insular de Aguas de Tenerife. La corrupción no solo es la apropiación indebida de dinero público, también lo es la utilización indebida de las instituciones públicas.

Atentamente:   Asociación amigos en defensa de Ajabo