Arona desbloquea 29 años después, solo parcialmente, El Mojón, al quedar fuera por el momento parques y viarios
Después de 29 años -fue justamente el 1 de octubre de 1996 cuando lo aprobó la COMAC- el Plan Parcial El Mojón comienza a ser una realidad jurídica, al llegar a un acuerdo el Ayuntamiento y la Junta de Compensación para su desbloqueo parcial, tras una larga serie de subsanaciones y otras que están por corregir, en vista de la resolución nº 6533/2025, de 1 de agosto.
Este lunes, en el salón de plenos, la alcaldesa Fátima Lemes, el teniente alcalde y edil de Urbanismo, Javier Alexis Baute y el presidente de la Junta de Compensación, Miguel Villarroya Adell -suplió a Juan Francisco Reverón- , darán cuenta del acuerdo, que califican de "histórico", aunque las licencias para ejecutar los cuatro hoteles, centros deportivos, culturales y de salud, se presume que aún están muy condicionadas, así como la recepción de los parques urbanos. Pero al menos, nadie discutirá que, después de casi 30 años, el desbloqueo parcial es un hilo de esperanza para los empresarios y para buena parte de los playeros y aroneros.
Larga serie de subsanaciones
Con fecha 19 de febrero de 2024, se suscribe entre el Ayuntamiento de Arona, y el presidente de la Junta de Compensación de denominado: “CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ARONA Y LA JUNTA DE COMPENSACION PLAN PARCIAL EL MOJON, PARA GARANTIZAR LA ADECUADA CONEXIÓN VEHICULAR Y PEATONAL ENTRE LAS ÁREAS ESTE Y OESTE DEL SECTOR Y PARA VIABILIZAR LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR T4 EL MOJÓN”. En el citado Convenio, consta en su cláusula “CUARTA. II, A). 5., que la Junta de Compensación se compromete a presentar la solicitud de recepción parcial de las obras de urbanización del sector, excluidos los espacios libres L3 y L4, acompañada de la documentación técnica legalmente preceptiva, además de la señalada en el Acta que se incorpora al Convenio como Anexo I, y suscrita por el Jefe del Servicio, denominado en ese momento Servicio de Disciplina y Gestión urbanística del Ayuntamiento de Arona y el Arquitecto proyectista y director facultativo de las obras de urbanización el Plan Parcial del Mojón.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de abril de 2025 se procede a la aprobación del Proyecto de urbanización denominado “Tomo II OBRA EJECUTADA: PROYECTO COMPLEMENTARIO DEL DE URBANIZACIÓN-ESTACIÓN DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) DEL PLAN PARCIAL “EL MOJÓN”, MARZO 2022”, documentación preceptiva conforme a la cláusula CUARTA. II, A). 2.
Con fecha 6 de junio del corriente año, y Registro de Entrada número 2025033917, la Junta de Compensación del Plan Parcial el Mojón, solicita la recepción parcial de la urbanización correspondiente al Plan Parcial el Mojón, adjuntando la documentación señalada en el artículo 149.4 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 183/2018, de 26 de diciembre, y parte de la expresada en el Acta que acompaña al Convenio como Anexo I. Posteriormente, con fecha 5 y 6 de agosto del presente año, se presenta más documentación relativa a la contemplada en el citado Anexo 1, así como el Anexo a la Memoria Justificativa de Desviaciones.
Durante el mes de agosto se han girado, de forma continua, diversas visitas de inspección técnica a las obras de urbanización, por parte de los técnicos adscritos a diferentes Áreas municipales, y en consecuencia, se emitieron los oportunos informes, que motivaron la Resolución de fecha 11 de agosto, número 2025/6804, de la Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento, donde se requiere a la Junta de Compensación para que presente documentación contemplada en el Anexo 1 al Convenio Urbanístico, además de otra documentación y así mismo se le requiere para que proceda a la subsanación de las deficiencias detectadas en los informes técnicos emitidos.
Finalmente, con fecha 28 de agosto del corriente, se procede a la presentación de documentación por la Junta de Compensación, requerida mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 11 de agosto del 2025, entre la que se encuentra la comprometida en el Acta que acompaña al Convenio, necesaria para la continuación del procedimiento de recepción.
Con fecha 1 de septiembre del corriente año, y tras la oportuna visita de inspección por parte de los técnicos municipales, se constató la subsanación de las deficiencias contempladas en los informes en su momento emitidos y recogidas en la Resolución de la Alcaldía-Presidencia número 2025/6804, de fecha 11 de agosto del corriente año, y dentro del plazo concedido para ello, procediéndose, en esa misma fecha, a la firma del “ACTA DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS. OBRAS DE URBANIZACIÓN PLAN PARCIAL EL MOJÓN”, por cuanto las deficiencias se encontraban subsanadas, ajustándose las obras tanto con el Proyecto de Urbanización aprobado, como con la Memoria Justificativa de Desviaciones y su Anexo, que complementan al citado Proyecto de Urbanización, Memoria Justificativa de Desviaciones y su Anexo, así como al Proyecto Complementario del de urbanización-estación de bombeo de aguas residuales. Se pone de relieve que las obras contempladas en la Memoria Justificativa de Desviaciones y su Anexo, no suponen modificaciones que afectan sustancialmente a la ordenación establecida en el Plan Parcial, y que, en todo caso complementan el Proyecto de Urbanización conforme señala el artículo 149.4.f) del ya citado Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias.
Se pone de relieve que, en el presente procedimiento de recepción parcial de las obras de urbanización, no se encuentran las correspondientes a la pasarela de comunicación entre las dos supermanzanas, donde se ubican los espacios libres L3 y L4 (parques lineales), por cuanto que así se acordó en la cláusula “CUARTA.- OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DE LAS PARTES” del Convenio Urbanístico, acordando dar una solución más adecuada a la severa problemática del tráfico circulatorio existente y el que se generará con la edificación del sector, en el que se integre el itinerario peatonal.
En consecuencia, el técnico que suscribe, en base a los antecedentes expresados concluye que, las obras e infraestructuras ejecutadas se encuentran en condiciones de ser entregadas al uso y servicio público, y por tanto, viables para ser recepcionadas, emitiéndose el presente informe con carácter FAVORABLE, a la recepción parcial de las obras de urbanización del Plan Parcial El Mojón, y que conforme a los compromisos asumidos en el Convenio Urbanístico suscrito, excluidos los espacios libres L3 y L4 y pasarela peatonal, se ajustan tanto al Proyecto de Urbanización, como a la Memoria Justificativa de Desviaciones y su Anexo, y, al Proyecto Complementario de Urbanización - Estación de Bombeo de aguas residuales (EBAR) del Plan Parcial el Mojón".
Resolución final
PRIMERO: Recepcionar parcialmente las obras de urbanización ejecutadas, por ajustarse las mismas al Proyecto de urbanización que desarrolla el Plan Parcial El Mojón, así como a la Memoria de Desviaciones y Anexo a la misma, y al proyecto Complementario de Urbanización - Estación de Bombeo de aguas residuales (EBAR) del Plan Parcial el Mojón, para ser entregadas al uso y servicios públicos, en los términos previstos en el Convenio Urbanístico, excluidos los espacios libres L3 y L4 y la pasarela peatonal.
SEGUNDO: Declarar la improcedencia de aplicación de los efectos a que hace referencia el artículo 149.7 a), b) y c) del RGEPC, al tratarse de una recepción parcial, subsisten obligaciones pendientes por parte de la Junta de Compensación del Plan Parcial El Mojón, que requiere su continuación hasta la recepción definitiva de la totalidad de la obras de urbanización del Sector, conforme al objeto de sus Estatutos y Bases de Actuación aprobados.
TERCERO.- Emplazar a la Junta de Compensación del Plan Parcial El Mojón, para que el día 15 de septiembre de 2025 a las 10:30 horas, comparezca su Presidente en la sede municipal del Ayuntamiento de Arona, sito Plaza del Cristo de la Salud Nº1, a los efectos del otorgamiento de la correspondiente Acta de Recepción Parcial de las obras de urbanización ejecutadas en el ámbito del Plan Parcial El Mojón, excluidos los espacios libres L3 y L4 y pasarela peatonal, a los efectos formalizar las cesiones a favor del Ayuntamiento de las obras de urbanización.
CUARTO: Advertir, a la Junta de Compensación que una vez otorgada el Acta de Recepción Parcial, le corresponde la conservación de las obras y servicios contemplados en el ámbito territorial de la recepción parcial, en los términos de aplicación señalados en el artículo 144 del RGEPC, salvo aquellas obras y servicios que estén municipalizados o sean objeto concesión administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 143.5 del RGEPC.
QUINTO: Otorgada el Acta de Recepción Parcial, se procederá a la prestación de los servicios públicos obligatorios que corresponden a este Ayuntamiento, a cuyo efecto se comunica a los Departamentos municipales de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Contratación, Servicio de Obras de Infraestructuras y Policía Local, que en el ejercicio de las funciones que le corresponden, adopten cuantas actuaciones y medidas fueren procedentes para la puesta en funcionamiento de los servicios obligatorios que resultan necesarios para la operatividad de la urbanización recepcionada.
SEXTO: Señalar a los Departamentos de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Contratación, Servicio de Obras e Infraestructuras, que una vez otorgada el Acta de Recepción Parcial, a la Junta de Compensación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 143.5 del RGEPC, no le incumbe la conservación de las obras y servicios contemplados en el ámbito territorial de esa recepción parcial, estén municipalizados o sean objeto concesión administrativa.
SEPTIMO.- Notificar la presente Resolución a la Junta de Compensación del Plan Parcial El Mojón, con expresión de los recursos que correspondan, y a los departamentos municipales de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Contratación, Servicio de Obras de Infraestructuras y a Policía Local. Así lo manda y firma el Sr. Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Patrimonio, en virtud de Resolución nº 6533/2025, de 1 de agosto. Doy fe.
Junto a la firma del edil de Urbanismo, Javier Alexis Baute, también firma la visecretaria general, secretaria en funciones, Tania Rodríguez.