Asamblea de Delegados/as de SBC en el sector de la Hostelería en Tenerife
Los/as 193 Delegados/as de SBC en el sector de la hostelería de Santa Cruz de Tenerife que han abarrotado la sala del CDTCA en Adeje en la mañana del viernes 21 de Febrero han ratificado íntegramente la Resolución de la Federación Sindical Canaria del pasado 12 de Febrero y la “hoja de ruta” establecida en la misma, con objeto presionar a las patronales del sector turístico a establecer una revisión salarial digna, acorde con la facturación y beneficios de sus empresas en los últimos años, y que permita a sus trabajadores/as recuperar el poder adquisitivo respecto a la revisión salarial establecida en el vigente Convenio de Hostelería, firmado en 2022, en un momento social y económico absolutamente distinto al actual.

Los Comités de empresa iniciarán en sus centros de trabajo con una recogida de firmas de un escrito dirigido a las patronales del sector turístico para avalar la petición de Sindicalistas de Base de Canarias, sindicato ampliamente mayoritario en la Mesa Negociadora del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, con 10 representantes, por 3 de CCOO y 2 de UGT, en base los resultados de las Elecciones Sindicales en el sector en dicha provincia, (SBC 958 Delegados/as - CCOO 325 – UGT 181 – IC 77 – USO 29), y apoyando, en caso de no alcanzarse un acuerdo, la convocatoria de una huelga General en Semana Santa que expresamente se comprometen a secundar.
La Asamblea de Delegados/as ha rechazado por unanimidad la propuesta de la patronal que pretendía inadmisiblemente recortar derechos salariales al personal en incapacidad temporal eliminado el actual complemento a las prestaciones de la seguridad social por parte de la empresa hasta alcanzar el 100% del “salario real” del trabajador/a y establecer el cómputo anual de la jornada, (actualmente semanal), a cambio un incremento anual de 500 € en el plus de transporte, ampliando la vigencia del Convenio de Hostelería ters años más, pasando el primer año del 2% firmado al 4%, y el 3% de incremento de los salarios para 2026, el 2,5% para 2027 y el 2% para 2028.

La Ejecutiva de Sindicalistas de Base de Canarias ratificó que no ha habido ninguna propuesta del sindicato a la patronal de abrir la negociación del Convenio de Hostelería, más allá del incremento porcentual de la revisión salarial establecida del 2% para el próximo 1 de Julio de 2025, todo ello en base a un documento que remitió la patronal a sus asociados y que el Secretario de Organización de la Federación Sindical Canaria explicó que se trataba de una conversación telefónica con el Gerente de Ashotel que la patronal convirtió en propuesta del sindicato, una “propuesta” que se expuso y que evidentemente fue rechazada por el Consejo directivo de Ashotel porque, a parte de supone un incremento de entre 2.500 € y 3.000 € del salario anual del trabajador/a, simplemente trasladaba la regulación del salario en enfermedad establecido en el Convenio de Hostelería de Las Palmas, (en caso de sustitución del trabajador/a en IT se suspendía el complemento de la empresa), y, con el porcentaje de la base de cotización que abona la seguridad social, el incremento que se solicitaba por el compañero, suponía incluso que un trabajador/a de baja todo el año percibiría una retribución ,mayor respecto al complemento que percibe actualmente de la empresa, tal y como se proyectó a los/as Delegados/as asistentes en una pantalla con una simulación de varias nóminas con diferentes salarios.
El compañero Manuel Fitas explicó la situación de la Sentencia derivada de las demandas de CCOO y UGT respecto al complemento de antigüedad que, lejos de conseguir su objetivo de extender su percepción sin la limitación de antigüedad anterior al 1 de Enero de 1995, al anular parcialmente el artículo 36 del Convenio de Hostelería que lo regula, ya dejado al personal que la percibe sin la revisión anual, que desde 1995 ha incrementado dicho concepto en un 98%, congelado hasta su jubilación.
El compañero dejó claro que Sindicalistas de Base de Canarias esperará a la resolución antes de la negociación de próximo Convenio en 2026 de los recursos interpuestos a CCOO y UGT, pero anunció que los mismos ya no pretenden su mantenimiento en el Convenio de Hostelería, sino se limitan a hablar del día anterior a la Sentencia del Juzgado de lo Social No 7 de 2 de Septiembre de 2024 que anula el artículo 36 del Convenio de Hostelería que la regula, en la que se debería percibir la antigüedad por su antigüedad real según las tablas del anexo del Convenio, pero en todo caso sería, en caso de estimarse los recursos, que vuelve a hacer UGT y copiar íntegramente CCOO, una cuantía fija y congelada hasta la jubilación del trabajador/a como un complemento “ad personam”
El Secretario General de Sindicalistas de Base de Canarias hizo balance de los últimos Pactos Salariales firmados en el sector en los últimos meses reiterando que en el ámbito de dicha negociación salarial en las empresas, y los derechos y regulación del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife en materias como el salario en enfermedad, nocturnidad, prohibición de la subcontratación en el sector, descansos, jornada, permisos, galas de navidad y fin de años, seguro de vida e invalidez, fondo de atenciones sociales, etc, lo convierten sin duda en el mejor Convenio de Hostelería en conjunto del estado, “no existe un convenio en el estado con unos salarios superiores a los que SBC firma en los Pactos Salariales de las principales cadenas hoteleras en el sur de Tenerife, incluso en las “añoradas” por otros sindicatos tablas salariales del Convenio de Hostelería de Illes Balears, donde no dicen que el trabajador/a enfermo sólo tiene el complemento de la empresa a las prestaciones de la seguridad social los tres primeros días, o el de Las Palmas, donde el trabajador/a en caso de enfermedad, cuando se produce su sustitución, no percibe ningún complemento a las prestaciones de la seguridad social por parte de la empresa, remarcando que en todas las provincias hay sólo un salario establecido en el Convenio de Hostelería, en la provincia de Santa Cruz de Tenerife a parte de los conceptos salariales y extrasalariales establecidos en el Convenio de Hostelería, se mantiene en vigor el porcentaje de servicios que obliga a las empresas a su sustitución en los pactos saláriales de empresas, y, precisamente en la inmensa mayoría de hoteles de mayoría de Sindicalistas de Base de Canarias, que engloban a la mayoría de los/as trabajadores/as del sector hotelero, los salarios no se superan en ninguna otra provincia del estado, quizás otros debería hacer su trabajo mejor en los contados hoteles que son mayoría en vez de escudarse para tapar su incapacidad en el salario del convenio, recalcó, poniendo como ejemplo los Pactos Salariales firmados por la mayoría de SBC en hoteles como el Sol Arona, Bahía del Duque e Iberostar Mirador del Duque, tras años de mayoría e incapacidad de UGT en sus Comités de empresa, o los salarios que la mayoría de CCOO tienen establecidos en el Pacto Salarial del Hotel Hard Rock Tenerife, “lecciones a Sindicalistas de Base de Canarias pocas”, recalcó.