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jueves, 28 de marzo de 2024 15:39h.

Arona recurre el archivo de la causa por el derrumbe del edificio Julián José, en el que murieron siete personas

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Arona han presentado un recurso de apelación contra la decisión del juzgado de instrucción número 3 de este partido judicial en el que se dicta el sobreseimiento provisional de la causa seguida por el derrumbe del edificio Julián José de Los Cristianos, ocurrido el 14 de abril de 2016 y en el que fallecieron siete personas. El recurso ha sido presentado ante la Sección Penal de la Audiencia Provincial.

 

DERUMBE LOS CRISTIANOS 197
El Ayuntamiento de Arona defiende la existencia de un posible delito de homicidio imprudente, penado en el artículo 142 del Código Penal

En concreto, el auto judicial de sobreseimiento provisional y archivo de la causa se centra, de manera concreta, en la dificultad para dirigir la imputación de forma clara sobre uno o varios sujetos objetivos.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Arona considera, por un lado, que es necesario tener en cuenta no solo el tipo objetivo de este delito, sino el tipo subjetivo, que incluye también la ausencia de intención o voluntad y el incumplimiento de la norma de cuidado del inmueble, claves en los sucesos posteriores, que se tradujeron en la muerte de siete personas.

Este homicidio imprudente se encuentra penado en el artículo 142 del Código Penal

Además, los servicios jurídicos municipales tampoco comparten que el hecho de que la responsabilidad penal pueda recaer sobre uno o varios sujetos o entidades pueda suponer la inexistencia de responsabilidad y al sobreseimiento de una causa como esta, motivos por los cuales solicita la continuación del procedimiento, apertura de juicio oral y transformación en sumario.

El hecho de que existan víctimas mortales, a juicio del Ayuntamiento de Arona, no deben llevar al sobreseimiento de la causa, sino, al contrario, a su transformación y enjuiciamiento para determinar con claridad cuáles fueron las imprudencias y sus potenciales causantes.

En concreto, el recurso solicita que se analice la potencial responsabilidad de la entidad bancaria que realizó obras en el local número tres del edificio, a la luz de los informes periciales realizados, y la empresa encargada de ejecutarlas.

También los trabajos posteriores que se estaban ejecutando en el momento en el que se produjo el derrumbe por parte de una empresa comercial y al profesional responsable de su supervisión.