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viernes, 19 de abril de 2024 22:51h.

Las ayudas para objetos de primera necesidad serán de un máximo de 1.500 euros, en función del tiempo de residencia

El Ayuntamiento de Arona aprueba las bases y la partida para las ayudas a la compra de enseres de los residentes en el edificio derrumbado en Los Cristianos

Podrán acogerse aquellas personas que sean titulares de alguna de las viviendas, así como aquellas que estuvieran en régimen de alquiler, siempre que fuera su domicilio habitual en la fecha del siniestro. El Consistorio ha gestionado la opción de alquileres en un mismo edificio en la avenida Chayofita, por recomendación de los equipos de psicólogos, para que los vecinos afectados por la tragedia puedan residir juntos e ir recuperando la normalidad.

 

DAMNIFICADOS LOS CRISTIANOS 356
DAMNIFICADOS LOS CRISTIANOS

El Pleno del Ayuntamiento de Arona del pasado 28 de abril aprobó una modificación de crédito para contar con la partida económica que permita abrir una línea de ayudas a la compra de enseres de primera necesidad, la cual se destinará a aquellos vecinos (propietarios y alquilados) que residían en el edificio número 12 de la calle Amalia Alayón, en Los Cristianos, que se derrumbó el pasado 14 de abril. Se tratará de una ayuda única de un máximo de 1.500 euros que se podrá solicitar a mediados de este mes, una gestión que se suma a las ya realizadas para disponer de viviendas en un edificio en la avenida Chayofita, en el centro de Los Cristianos, en el que los afectados podrán residir juntos, tal y como han aconsejado los equipos de asesoramiento psicológico para ayudar en su recuperación.
Ya están redactadas y a punto de ser aprobadas las bases específicas que regularán el procedimiento de concesión y pago de las ayudas para la reposición de enseres de primera necesidad a los propietarios y arrendatarios de las viviendas. El requisito esencial para optar a estas ayudas es que estas viviendas fueran el domicilio habitual de la unidad familiar o de convivencia.
Podrán por tanto acogerse a esta ayuda aquellas personas que sean titulares de alguna de las viviendas, así como aquellas que estuvieran en régimen de alquiler, siempre que la vivienda en cuestión constituyera su domicilio habitual en la fecha del siniestro.
Se tratará de una ayuda única de un máximo de 1.500 euros y la aportación final se modulará en función del tiempo de residencia en la vivienda afectada. La gestión se realizará en la Oficina de Vivienda del Centro Cultural de Los Cristianos, para centralizar la labor. También aquí podrán presentar la documentación para las ayudas al alquiler que ha aprobado el Gobierno de Canarias
El plazo de inicio de solicitudes previsto para mediados de mes se debe a que el procedimiento de modificación de crédito, a partir del remanente de tesorería, obliga a un plazo de exposición pública del acuerdo de modificación de crédito de 15 días hábiles. Si no existiese reclamación, se daría por aprobado y, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, se abriría ya un periodo de un mes para que los beneficiarios puedan presentar la documentación. La Administración local resolverá en un plazo de 10 días desde la presentación de la solicitud.
El acuerdo plenario incluye que la dotación económica para estas ayudas será de 18.000 euros, que forman parte del total de 260.000 que se han habilitado a partir de dicha modificación de crédito y en el marco de las medidas de emergencia decretadas a raíz del derrumbe acaecido el 14 de abril. Esta cuantía incluye una dotación de 54.000 euros para estudios técnicos y 188.000 para los trabajos de desescombro y demolición.
Los beneficiarios de esta ayuda deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias establecidas en los términos contemplados en la Ley General de Subvenciones. Además, tendrán que comunicar al Ayuntamiento de Arona la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: fotocopia del DNI/NIF/NIE del solicitante; declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de que la vivienda constituye domicilio habitual y permanente del solicitante, en su caso, así como la acreditación de titularidad de la vivienda o de la condición de arrendatario de la misma.