Confirmada la pena de 17 años al exalcalde de Arona de Coalición Canaria José Alberto González Reverón
La Sala II ha confirmado este martes la pena de 17 años de inhabilitación impuesta al exalcalde de Coalición Canaria y a seis exconcejales de Arona por un delito continuado de prevaricación urbanística y otro delito de prevaricación en el denominado ‘caso Arona’.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado este martes la pena de 17 años de inhabilitación impuesta al exalcalde de Arona, José Alberto González Reverón, y a seis exconcejales por un delito continuado de prevaricación urbanística y otro delito de prevaricación en el denominado 'caso Arona'.
Además, ha reducido las penas de prisión impuestas en la misma causa por delito de cohecho a otros cinco acusados, al estimar la alegación de sus defensas de que se había aplicado una reforma del Código Penal que no estaba aún en vigor en el momento de los hechos.
No obstante, les mantiene a los cinco la cuantía de las multas que tendrán que abonar, de entre 40.000 y 700.000 euros.
Por otro lado, se absuelve a un sexto acusado de cohecho, el arquitecto externo Zenón Rodríguez Neris, por prescripción del delito, informa el TSJC.
El Supremo ha estudiado los recursos planteados por 10 de los 12 condenados por la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife.
Dos de los condenados, el exalcalde José Alberto González Reverón y el exconcejal Alfonso Barroso Armas, ambos con condena de 17 años de inhabilitación por dos modalidades de prevaricación, no recurrieron al Supremo.
El alto tribunal desestima los recursos planteados por otros cuatro exconcejales, Manuel Barrios Rodríguez, Daniel Martín Navarro, José Luis González Rodríguez y Juan José Alayón Beltrán, condenados todos ellos a la misma pena de inhabilitación que los dos anteriores, por los mismos delitos.
Del mismo modo, se rechaza el recurso del exconcejal de Urbanismo Félix Sierra Melo, en lo que se refiere a los delitos de prevaricación por los que fue condenado. Por el contrario, el Supremo estima parcialmente los recursos de cinco acusados en lo referido al delito continuado de cohecho, en lo que respecta sólo a la fijación de la pena, ya que el alto tribunal ratifica que cometieron los hechos.
Sin embargo, entiende que ha habido una incorrecta cuantificación de la pena, que fue más elevada de la que correspondía a dicho tipo penal cuando ocurrieron los hechos, con la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas que apreció la Audiencia tinerfeña. No obstante, mantiene las penas de inhabilitación aparejadas al cohecho así como las correspondientes multas.
Rebaja de algunas penas
Así, la condena por cohecho al exaparejador municipal Roberto Luis de Jiménez pasa de 5 años de prisión a 3 años y 6 meses, manteniéndose 10 años de inhabilitación y 700.000 euros de multa.
El exconcejal de Urbanismo Félix Sierra y el exarquitecto municipal Eliseo de la Rosa González ven reducida su condena por cohecho de 4 años a 2 años y 8 meses de cárcel, con 8 años de inhabilitación y multa de 500.000 euros para cada uno.
Para el empresario Arsenio Zamora Toledo, la pena pasa de 2 años a 1 año y 6 meses de cárcel, con 4 años y medio de inhabilitación y 250.000 euros de multa, y para el arquitecto Antonio Luis González Tolosa, de 2 años de cárcel a 1 año más 40.000 euros de multa. Por último, se anula por prescripción del delito la condena de 2 años de prisión por cohecho impuesta al arquitecto Zenón Rodríguez Nerís.