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viernes, 04 de octubre de 2024 18:04h.

Arona

Desestiman la demanda de José Julián Mena contra el Ayuntamiento al pedir 50.000 euros por "daños morales"

Iván Job Pérez Luis, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Social número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento de despido 436/2024 y acumulado 752/2024, desestimó la demanda presentada por José Julián Mena Pérez, exalcalde de Arona, frente a la entidad Ayuntamiento de Arona y, en consecuencia, declaró la procedencia del despido del actor llevado a cabo el 16 de abril de 2024, y absolvió a la demandada y el FOGASA, de todos los pedimentos deducidos en su contra.

José Julián Mena _Fotor
JJosé Julián Mena, exalcalde y actual portavoz del PSOE en el consistorio de Arona.


Ante el fallo dado a conocer esta semana cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de notificación del presente fallo.

La parte actora (José Julián Mena) reclamaba en concepto de daños morales un total de 50.000 euros tas aclaración hecha en el acto de la vista. Inicialmente en el procedimiento 436/2024 reclamaba un importe de 30.000 euros y luego en el segundo procedimiento acumulado al presente, el 752/2024 reclamaba un total de 50.000 euros. Sin perjuicio de lo dicho anteriormente, descartado la vulneración de derecho sobre la que se presentó prueba alguna, ni aún indiciariamente y descartado la consideración del despido nulo o improcedente, por haber sido acordado por órgano manifiestamente incompetente, no procede pronunciamiento alguno en esta materia.
No obstante, la parte actora no ha acreditado daño alguno referente a este, pues únicamente se ha aportado, no una resolución, sino un escrito dirigido al SEPE que dice que ha reclamado por el despido y que tiene pendientes recursos contenciosos-administrativo pendientes de resolver. Sea como fuere, nada se ha probado en esta causa que el SEPE no haya reconocido prestación por desempleo al actor ni tampoco, en el caso de que se haya denegado, la presentación del recurso contra la misma con su resultado desestimatorio.

En los antecedentes de hechos, se recoge que con fecha de 08/05/2024 se presentó demanda por el actor frente a la demandada en materia de despido nulo, subsidiariamente improcedente, no estando conforme con la causa alegada, causas las cuales niegan. Termina la demanda solicitando: declarar el despido nulo o, subsidiariamente improcedente, condenando a la demandada a readmitir a quien suscribe, al pago de los salarios dejados de percibir y al pago de la cantidad de 30.000 euros
en concepto de indemnización por daños morales. Se admitió la demanda por Decreto de 18 de abril de 2024 dando lugar al procedimiento
436/2024 seguido ante este Juzgado. Se señaló los actos de conciliación y juicio.

El día 18/09/2024 tuvo lugar el acto de juicio oral, al resultar sin efecto la conciliación previa, con la asistencia de ambas partes. Todo ello con el resultado que consta en el acta. El día 21 se dictó la sentencia que absuelve al Ayuntamiento desestimando la demanda de José Julián Mena.