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martes, 23 de abril de 2024 12:11h.

Fernando Sabaté le preguntará en comisión si sufragó su defensa con recursos insulares y, en caso afirmativo, si ha reintegrado el dinero

Podemos investiga si la infracción electoral de Carlos Alonso ha tenido algún coste económico para el Cabildo

El grupo de Podemos en el Cabildo de Tenerife quiere asegurarse de que la infracción electoral por la que ha sido sancionado el presidente de esta institución, Carlos Alonso (CC), no ha supuesto ningún coste para las arcas públicas.

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Fernando Sabate Podemos

“Es obvio que la sanción de 800 euros que le han impuesto la Junta Electoral Provincial y la Central, tiene que salir de su bolsillo o del de su partido, pero queremos cerciorarnos de que la sociedad tinerfeña no tenga que costear la defensa jurídica de ésta ni de ninguna otra ilegalidad política”, explica el portavoz insular de la formación morada, Fernando Sabaté.

Recuerda que la Junta Electoral Central (JEC) confirmó el pasado 11 de octubre la resolución de la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife que consideraba a Carlos Alonso autor de la infracción electoral prevista en los artículos 50.2 y 153 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), tal y como había denunciado la coalición Unidos Podemos, por haber vulnerado la prohibición de realizar durante el periodo electoral “cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos”.

Además de desestimar el recurso de Carlos Alonso contra la citada resolución, la JEC confirmó la sanción de 800 euros propuesta contra él al considerar probado que vulneró esa prohibición durante la campaña electoral de diciembre de 2015 por ser candidato al Senado y, sin embargo, participar como presidente del Cabildo tinerfeño en la presentación pública de un nueva flota de guaguas de la empresa insular TITSA y de un servicio de transporte para personas con discapacidad.

Sabaté incide en que el máximo órgano electoral del Estado ha precisado que la infracción de Alonso “se incardina dentro del deber de neutralidad electoral que se exige a los poderes públicos y que constituye uno de los instrumentos legalmente establecidos para hacer efectiva la igualdad que ha de ser observada en el sufragio, siendo además una de las específicas proyecciones que tiene el mandato de objetividad que proclama el artículo 103.1 de la Constitución como principio rector referido a cualquier Administración Pública y que, en lo que aquí interesa, comporta 'la prohibición de influir en la prohibición del voto o de los electores”.

Esa sanción, añade el portavoz de Podemos, “va dirigida directamente a Carlos Alonso, con nombre y apellidos”. Por ello, explica, se entiende que no puede pagar la multa con dinero público, “pero se entiende también que no puede cargarle al Cabildo el coste de su defensa jurídica”. De confirmarse que usó los servicios jurídicos de la corporación insular para defenderse en este procedimiento sancionador en el acabó aceptando la autoría de la infracción denunciada para evitar judicializar el caso, “correspondería calcular el coste de su defensa y, si no lo hiciera de motu proprio, reclamarle al presidente del Cabildo que lo abonara”. 

Lo más significativo de esta sanción, matiza Sabaté, “es precisamente la importante lección dada a los políticos que confunden los intereses particulares y partidistas con el interés general y que se creen con el derecho a usar lo público en beneficio propio”. “De ahí que el grupo insular de Podemos quiera despejar cualquier duda en en ese sentido y de que le vayamos a preguntar por este asunto en la comisión de Presidencia del próximo lunes –aclara–, pues entendemos que la sociedad tinerfeña tiene derecho a saber que las ilegalidades de sus responsables políticos no son sufragadas con dinero ni con recursos públicos”.