Granadilla da los primeros pasos para la creación de un órgano de evaluación ambiental municipal
El Ayuntamiento de Granadilla de Abona da los primeros pasos para la creación de un órgano de evaluación ambiental para el municipio.
La propuesta de modificación del reglamento orgánico, llevada por la Concejalía de Urbanismo cuyo responsable es Rubén G. Casañas, fue aprobada por unanimidad, y sienta las bases de este órgano para el ejercicio de las atribuciones de evaluación ambiental de planes, programas y proyectos de ámbito local, en base a su protección medioambiental y sostenibilidad.
Rubén G. Casañas argumenta que se trata de un “paso importante” para Granadilla de Abona porque se avanza en la creación de un instrumento que acompañará al desarrollo urbanístico y promoverá la preservación del medio ambiente y los criterios de sostenibilidad. Agrega que la modificación del reglamento orgánico y la incorporación del artículo sexto, fundamenta la creación de este órgano que acompañará al desarrollo urbanístico y la implantación de actividades, asegurando que sea sostenible e integrador, indispensable para la protección del medio ambiente, y facilitando herramientas para incorporar criterios en las decisiones estratégicas a través de la evaluación de planes, programas y proyectos antes de su aprobación, desde la propia fase de su diseño.
Casañas destaca que este instrumento permitirá la puesta en marcha de diversos proyectos y planes urbanísticos de calado para el desarrollo del municipio, pudiéndose prever los posibles efectos sobre el entorno con la suficiente antelación como para identificarlos y corregirlos adecuadamente. Además, puntualiza que se agilizarán los proyectos y planes relevantes para el desarrollo de Granadilla de Abona, que de otra manera podrían sufrir un retraso en su ejecución, puesto que tendría que depender de la resolución de otras administraciones.
El equipo humano que conformará el OEAG estará compuesto por un máximo de cinco profesionales y especialistas en diferentes materias, tales como economistas, juristas, geógrafos, ambientalistas y arquitectos. La citada evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos, objeto del OEAG, se realizará de conformidad con lo establecido en la normativa europea, en la legislación básica estatal y en la normativa autonómica vigente en cada momento.
La Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias permite que las administraciones públicas con competencias en materia urbanística y territorial dispongan de facultades para la creación de este tipo de órganos.
En cuanto a las competencias del OEAB, este podrá realizar el análisis técnico y de evaluación ambiental sobre la ordenación pormenorizada del Plan General; los planes parciales y especiales que desarrollen planes generales que hayan sido sometidos a evaluación ambiental estratégica y las modificaciones menores de instrumentos de ordenación. También, se encargará de estudiar los planes o programas municipales a realizar en el municipio, cuya autorización corresponda al Ayuntamiento; la del impacto ambiental de los proyectos previstos en la Ley del Suelo, así como en la Ley de Evaluación Ambiental que correspondan al órgano ambiental municipal; las peticiones o requerimientos efectuados, con carácter facultativo y no vinculante, por acuerdo del pleno o resolución de la alcaldía y sus delegados en materia ambiental, y las sugerencias o propuestas a los órganos de gobierno sobre materia ambiental.