La AMT Sol y Playa amplia las características de los Municipios Turísticos para acceder a una mejor financiación
La AMT Sol y Playa ha concluido el estudio para la redefinición de los Municipios Turísticos que permita una reformulación de los requisitos para recibir esa consideración y acceder a una mejor financiación que garantice los servicios que prestan estas localidades que lideran el sector.
De esta manera, y tras encargar a una consultora externa la realización de un exhaustivo trabajo de estudio y una comparativa con más de 40 países en los que el turismo aporta valor a su economía, se hace la propuesta que permita alinear la diversidad de definiciones que, actualmente, en el ordenamiento jurídico español, se pueden encontrar en lo que se considera Municipio Turístico.
El trabajo elaborado, presentado por el presidente de la AMT Sol y Playa y alcalde de Salou, Pére Granados, y por el vicepresidente y alcalde de Calvià, Juan Antonio Amengual, tiene el objetivo final de delimitar aquellas localidades a las que se destinan medidas de financiación particulares para compensar las condiciones excepcionales a las que los mismos se ven expuestos por ser Municipios Turísticos. Sin embargo, a pesar de su gran afluencia turística, la legislación actual no considera a los municipios de larga trayectoria del turismo en España (Benidorm, Lloret, Calviá, Torremolinos, Adeje, etc.) como Municipios Turísticos, con las consecuencias que esto genera, teniendo en cuenta que el desequilibrio poblacional que sostienen debido a su actividad turística en algunos casos puede incluso llegar a triplicarse.
Con la voluntad de buscar alternativas y soluciones que permitan a sus ayuntamientos velar tanto por proporcionar servicios públicos y de calidad a toda la población, como contribuir en la mejora de la competitividad económica de sus municipios, la AMT impulsa este análisis sobre la definición del concepto de municipio turístico y su modelo de financiación.
El estudio realizado analiza la legislación existente en materia de turismo, no sólo en cada una de las Comunidades Autónomas sino también a nivel nacional e internacional (en más de 40 países), así como las particularidades sobre financiación establecidas para los municipios turísticos, con el objetivo de entender en profundidad y proponer mejoras en términos de turismo y servicios públicos.
Este estudio es un documento vivo que permite contar con una definición de municipio turístico y los baremos de financiación necesarios para estos territorios que acogen gran número de visitantes a lo largo del año.
El documento de estudio de la ‘Definición de municipio turístico, sus implicaciones y posibles alternativas de financiación’ pone de manifiesto que la definición actual queda corta, ya que solo 14 localidades españolas cumplen los actuales requisitos, mientras que entre los ocho municipios pioneros del turismo de la AMT Sol y Playa, líderes del proceso de recuperación del sector, tan sólo uno está dentro de los actuales parámetros.
Así, partiendo de un enfoque crítico, la metodología utilizada en el estudio ha sido confeccionada con el objetivo de dar una respuesta a esa definición y a la estimación de financiación. Se entiende como conclusión que es imprescindible la realización de cambios, tanto en la en la redefinición de las características de cada municipio, como en la financiación de los mismos.
De esa manera, la propuesta que esboza la AMT Sol y Playa contiene que, para ser considerado municipio turístico, las localidades candidatas no serán capitales de provincia ni de comunidad autónoma, contarán con una población que estará entre los 10.000 y los 100.000 habitantes y deberán cumplir al menos uno de los tres siguientes requisitos:
- Que las segundas residencias superen al número de primeras viviendas.
- Que cuenten con más de cuatro millones de pernoctaciones anuales.
- Que el número de plazas alojativas sea superior al 50% de la población censada en cada municipio.
En relación a la financiación, el estudio incluye la necesidad de que los ayuntamientos puedan soportar en sus adquisiciones un tipo reducido del 3% del IVA en territorio peninsular y Baleares y del 1% del IGIC en las Islas Canarias.
Además, para aquellos municipios que cumplan los criterios para ser considerados municipios turísticos, se propone una modificación adicional del sistema de financiación consistente en la inclusión en el ‘Modelo de Cesión’ del que disfrutan aquellos municipios que son capitales de Provincia o de Comunidad Autónoma. Este modelo supone el 2,1% de la cuota líquida del IRPF el 2,32% del IVA y el 2,92% de la recaudación líquida de los Impuestos sobre la Cerveza, sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, sobre Productos Intermedios, sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, sobre Hidrocarburos, y sobre las Labores del Tabaco.