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martes, 10 de septiembre de 2024 00:04h.

Turismo

Victoria parcial de CCOO y UGT en la anulación del articulo 36 sobre antigüedad del convenio de hostelería tinerfeño

El Juzgado de lo Social número 7 de Santa Cruz de Tenerife le dio parcialmente la razón a los sindicatos UGT y CCOO en sentencia dada a conocer este lunes y tras el proceso judicial se celebró el 9 de julio, tras la presentación de una demanda de conflicto colectivo por parte de UGT y CCOO ante la desaparición del “complemento de antigüedad” en el convenio colectivo de hostelería, restaurantes y bares de la provincia tinerfeña firmado en 1995 para todos los trabajadores con contrataciones en las empresas a partir del 1 de enero de ese año y la sustitución de aquel por el llamado “complemento personal” para las relaciones laborales anteriores a esa fecha. 

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Hoteles en Playa de las Américas, en el sur de Tenerife.

 

Ese fallo estima parcialmente la demanda de conflicto colectivo en tanto que declara contrario al principio de igualdad (artículo 14 de la Constitución española) el artículo 36 (sobre antigüedad) del vigente convenio de hostelería en la provincia de Santa Cruz de Tenerife y, por lo tanto, lo anula y deja sin eficacia, sin que ello afecte al resto del convenio. No obstante no considera la sentencia es la pretensión inicial de los sindicatos demandantes, UGT y CCOO, de que se declarase “el derecho de los trabajadores contratados con posterioridad al 1 de enero de 1995 a percibir las cantidades del anexo del convenio en concepto de ‘complemento personal’ (tablas de antigüedad), en virtud del principio de igualdad retributiva”. Un asunto este que pone en valor uno de los demandados, Sindicalistas de Base, que alega que esos sindicatos "vendieron la piel del oso antes de cazarlo".

La sentencia solo se puede considerar una victoria parcial para los sindicatos denunciantes del convenio colectivo, UGT y CCOO, que no suman mayoría absoluta, esta en manos de Sindicalistas de Base en la provincia tinerfeña, una organización que se forma y crece a partir de la escisión en la cúpula de CCOO dentro de este mismo ámbito.

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Jorge Marichal, hotelero y presidente de Ashotel.

El fallo del juzgado de lo Social se aleja claramente de lo que era y sigue siendo la pretensión central de los sindicatos demandantes, con lo que queda abierta en estos momentos la búsqueda de una solución a este último asunto, relacionado con la antigüedad, a través de la negociación colectiva, entre otras vías posibles, para así intentar recuperar ese concepto retributivo, suprimido en su momento por los sindicatos CCOO y UGT, entonces con el liderazgo en CCOO de parte de las personas que hoy dirigen y controlan Sindicalistas de Base.

Meses después de poner la demanda, la patronal (Ashotel) abrió una mesa de negociación donde solo se limitó a negar las propuestas de los sindicatos demandantes (CCOO y UGT) y proponer miserias para lo que entendíamos que podía ser, recuperar un derecho tan importante como la antigüedad. Después diferentes reuniones donde Ashotel se limitó amenazar, realizando, de manera desleal a la negociación colectiva, una rueda de prensa donde intentaba extorsionarnos mediáticamente con unas “migajas” en forma de una falsa subida salarial del 9% que no era más que un 4,5% por encima de lo pactado.

"Por segunda vez, vemos como CCOO le tumba un artículo de un convenio a dicha patronal, ya se ve que no solo los pactos salariales son discriminatorios, sino ahora también el artículo", señalan desde Comisiones.

Convenio 2022-2026

El convenio de hostelería de Santa Cruz de Tenerife para 2022-2026 (firmado por Ashotel, la Asociación de Empresarios de Restauración y Ocio y Sindicalistas de Base) establece en su artículo 36 que "las partes acuerdan suprimir el histórico complemento salarial de antigüedad, tanto en la naturaleza como en su cuantía". También fija que, "excepcionalmente", los trabajadores verán congelada su antigüedad "en el vencimiento siguiente al tramo que disfrutaban desde el 1 de enero de 1995" y que en adelante quienes tenían derecho a recibir el plus lo seguirían percibiendo pero en concepto de "complemento personal".

La cuantía de ese nuevo "complemento personal" está sujeta a la revisión económica acordada en el marco del convenio hasta 2026: un incremento del 3% entre julio de 2022 y junio de 2023; un 2,75% entre julio de 2023 y junio de 2024; un 2,5% entre julio de 2024 y junio de 2025; y un 2% entre julio de 2025 y junio de 2026.